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domingo, 14 de febrero de 2010

LEYES QUE NO CUMPLEN

POR COOTRANSUNIDOS GUADUAS
TOMADO DE EL TIEMPO.COM EL DIA 14 DE FEBRERO


Para informacion de todos los conductores que transitamos por la Autopista Bogota - Medellin nos damos cuenta que la policia de carreteras no esta cumpliendo las normas de transito la ley de la maxima velocidad que es no sobrepasar los 120 km por hora.


Ver Ley

LA LEY 1239 Y LOS LÍMITES EN CARRETERA
"(...) Artículo 2. El artículo 107 del Código Nacional de Tránsito quedará así:

Artículo 107. Límites de velocidad en carreteras nacionales y departamentales. En las carreteras nacionales y departamentales las velocidades autorizadas para vehículos públicos o privados serán determinadas por el Ministerio de Transporte o la Gobernación, según sea el caso teniendo en cuenta las especificaciones de la vía. En ningún caso podrá sobrepasar los 120 kilómetros por hora.

Para el servicio público, de carga y de transporte escolar el límite de velocidad en ningún caso podrá exceder los ochenta (80) kilómetros por hora. Será obligación de las autoridades mencionadas, la debida señalización de estas restricciones.

Parágrafo. La entidad encargada de fijar la velocidad máxima y mínima, en las zonas urbanas de que trata el artículo 106 y en las carreteras nacionales y departamentales de que trata este artículo, debe establecer los límites de velocidad de forma sectorizada, razonable, apropiada y coherente con el tráfico vehicular, las condiciones del medio ambiente, la infraestructura vial, el estado de las vías, visibilidad, las especificaciones de la vía, su velocidad de diseño, las características de operación de la vía".

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